EDUCADAD
"Educa a los niños y no tendrás que castigar a los hombres"
BIENVENIDO
Bienvenido a mi blog de Educación y Sociedad del año 2015. En este blog colgaré parte de mi trabajo realizado para esta asginatura
domingo, 10 de mayo de 2015
viernes, 24 de abril de 2015
ACTIVIDAD 2.1. (SOCIOLOGÍA)
Reflexión sobre las relaciones familia y escuela
“En la escuela unos hablan de hijos y otros de alumnos;
sin embargo se está hablando de la misma persona”
La frase enfatiza
que estamos ante dos contextos diferentes en la educación cualquier menor: por
un lado la familia y por otro la escuela. Tal y como queda claro, las relaciones entre familia y escuela son
necesarias en los procesos de enseñanza y aprendizaje de cualquier alumno.
Pero ¿qué dicen los propios padres y maestros de las escuelas? Recurramos a las
encuestas:
Una cosa sí que es cierta, padres y
profesores están obligados a encontrarse; es decir, no podrán evitar
relacionarse. En muchos casos esta relación viene marcada por comentarios de
terceros, por los hijos o alumnos en donde hay que tener mucho cuidado porque
es muy complicado evitar formarse una imagen que será transmitida a nuestros
pequeños y que influirá en las percepciones que estos se formen sobre la
relación maestro-escuela.
1.- A día de hoy…
¿Qué
relación tenemos en España a día de hoy entre familias y maestros? En palabras
de García-Bacete vivimos en un enorme desfase entre las expectativas y la
realidad en donde se han realizado muy pocos esfuerzos y donde la falta de
continuidad y sistematización están a la orden del día. Fernández-Enguita
(1993) declara que esto es el resultado de una comunicación ambigua y disfuncional entre los protagonistas, es
decir; entre padres y maestros.
Analicemos las creencias y los pensamientos de cada uno:
En la mayoría de los casos, los encuentros entre familias y escuela
(necesarios para una correcta y eficaz colaboración) son planificados y en
muchas ocasiones son inexistentes. Cuando se dan tienen un carácter muy
burocrático (por ejemplo las reuniones de comienzo de curso) o tienen un
carácter sancionador defensivo (es decir donde existen acusaciones mutuas y
conflictos).
Con
las sucesivas leyes socialistas de educación, tales como la LOGSE o la LOPEG se
ha abierto un nuevo camino en el apartado de la implicación de los padres, en
donde a día de hoy se ha convertido en un elemento fundamental de un sistema
educativo democrático. Sin embargo en palabras de García-Bacete (2003) la participación es confundida con la
representación de los padres en los diferentes consejos y comisiones
establecidas por la ley.
2.- ¿Qué razones hay para que escuelas y familias colaboren?
Sin ir más lejos,
existen múltiples y contundentes argumentos. Veamos algunos de ellos:
Según
un estudio realizado por Dauber y Epstein en 1993 los resultados de los alumnos
son mucho más favorables si abarcan a sus respectivas familias, lo que será
posible solo si existe un esfuerzo deliberado por parte de la escuela. No solo
mencionada participación acarrea efectos positivos solo a los niños; existen
diversos beneficiarios tales como los profesores, los padres y el centro
escolar en general. Sin embargo, los cambios en la sociedad (nuevas formas de
ocio, cambios generales en la escuela y familias…) traen consigo una pérdida de
recursos para los dos agentes más importantes implicados en la Educación Primaria:
Por ilustrarlo con un ejemplo, la escuela
a día de hoy está comenzando a asimilar la heterogeneidad que llena las
aulas día a día. Además encontraremos cinco características dentro del ambiente
familiar que afectan al logro escolar de los alumnos, simplemente y para
relacionarlo con lo anteriormente dicho las nuevas estructuras familiares así
como la relación entre los propios padres e hijos y sus interacciones con los
procesos familiares también condicionarán de una manera muy alta el rendimiento
académico de los niños. Con las relativamente nuevas corrientes
constructivistas y los modelos ecológicos (en donde se presenta la idea de
mesosistema) se ha demostrado que los límites entre experiencias de los niños
en el hogar y que tienen lugar en la escuela no están claras.
3.- ¿Qué cosas dificultan la relación
entre familia y escuela?
4.- Propuesta para favorecer la colaboración de padres y
profesores
4.1.- Para profesores
Veamos
algunos medios que pueden poner en funcionamiento los docentes para mejorar la
relación que tanto estamos hablando en este trabajo:
·
Según Méndez (2000) el intercambio de
información entre padres y maestros es la primera prioridad. ¿Cómo podemos hacerlo?
o
Tutorías
o
Realizar visitas al hogar
o
Empleo de agendas escolares
o
Hablar (directamente) con los niños o
padres
o
Reuniones y entrevistas
o
Cumplimentar cuestionarios
·
Dabas (1998) propone incorporar a las aulas
las experiencias extraescolares de los alumnos como la participación de los
padres, por ejemplo, una tarde en el campo.
·
El tratamiento que se da a la familia y a
la vida familiar como contenido curricular también es relevante. No podemos
subestimarlo o pasarlo por alto. (Calvo, Serunlnicoff, Siede, 1998)
·
Vila en 1998 propone una serie de servicios
educativos dirigidos a la infancia y a sus propias familias, es decir,
programas de formación de madres y padres así como programas destinados a
mejorar las relaciones entre la familia y la escuela.
4.2.- Para padres
Según Grolnick & Slowiaczek en 1994
mencionan que la implicación de los padres puede adoptar distintas formas.
Veamos qué cosas pueden hacer los padres para implicarse en la educación de sus
hijos y reforzar a su vez la relación entre familias y escuela :
·
Contar una historia
·
Preguntar lo que ha hecho en la escuela y
animarle en sus asignaturas para que disfrute lo que está trabajando
·
Ayudarle a la hora de hacer los deberes
·
Asistir a los Carnavales o ser miembro del
Consejo Escolar
Modelo de Hornby (1990), son dos pirámides
jerarquizadas construidas en función de las necesidades y de los recursos de
los padres para la educación de sus hijos.
5.- Referencias bibliográficas (APA)
Calvo, S. L., Serulnicoff, A. E. & Siede, I. A.
(1998). Retratos de familia en la escuela. Enfoques disciplinares y
propuestas de enseñanza.
Buenos Aires: Paidós.
Dabas, E. (1998). Redes sociales,
familia y escuela. Buenos Aires:
Paidós.
Dauber, S.
L. & Epstein, J. L. (1993). Parent attitudes and practices of involvement
in inner-city elementary and middle schools. En N. F. Chavkin (Ed.), Families
and schools in a pluralistic society (pp. 205-216). Albany :
State University
of New York
Press.
Fernández
enguita, M. (1993). La profesión docente y la comunidad escolar: Crónica de un
desencuentro. Madrid: Morata.
García-Bacete, J.F. (2003). Infancia y
aprendizaje. Las relaciones escuela-familia: un reto educativo, 26 (4), 425-437.
Grolnick, W.
S. & Slowiaczek, M. L. (1994). Parents’ involvement in children’s’
schooling: A multidimensional conceptualization and motivational model. Child
Development, 65, 237-252.
Hornby,
G. (1990). The organisation of parent involvement. School
Organisation, 10 (2-3), 247-252.
INCE (1998). Familia y
escuela. Madrid: Ministerio de Educación y Cultura.
Méndez, L. (2000). La comunicación entre
padres y educadores. Un camino de ida y vuelta. Cultura y Educación, 17/18,
91-101.
Oliva, A. & Palacios, J. (1998). Familia y
escuela: Padres y profesores. En M. J. Rodrigo & J. Palacios (coords.), Familia
y desarrollo humano (pp. 333-350). Madrid: Alianza Editorial.
Sánchez, A. & Romero, A. (1997). La
colaboración escuela-familia: un estudio de campo. Investigación en la
escuela, 33, 59-66
Vila, I. (1998). Familia, escuela y
comunidad. Barcelona: Horsori.
lunes, 23 de marzo de 2015
ACTIVIDAD 1.4. (SOCIOLOGÍA)
Explica de forma clara y concisa:
1.- La jerarquía de las distintas leyes en España y
en qué radica las diferencias entre ellas.
El conjunto de normas jurídicas emanadas de los
poderes del Estado con competencia para la creación de la misma, que se rigen
en una determinada sociedad y en un determinado momento histórico se denomina Derecho
positivo. Comúnmente lo llamamos Legislación u Ordenamiento
jurídico.
Las normas jurídicas no son todas de la misma clase,
ni tampoco tienen la misma relevancia. Se encuentran organizadas de forma
jerárquica en una escala, de mayor a menor importancia: Dichos estadios son
denominados Rangos.
Entonces afirmaremos que no todas las normas tienen
el mismo rango; unas tendrán mayor importancia que otras y por lo tanto estarán
en un rango superior de la pirámide de jerarquía, que tenemos a continuación:
Tras la Constitución tenemos la Normativa
Comunitaria, es decir, los Reglamentos y Directivas Comunitarias. En
un rango inferior se encuentran los Tratados Internacionales: Son los
convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados por España. Las
Leyes emanadas de las Cortes Generales; que pueden ser Leyes Orgánicas
o Leyes Ordinarias estarán en el rango inmediatamente inferior a la de
los Tratados Internacionales. En el penúltimo escalón encontramos las Normas
con Rango de Leyes, (son las que emanan del poder ejecutivo) y son los Reales
Decretos – Leyes y los Reales Decretos Legislativos. En último lugar
encontraremos los Reglamentos, en este rango se abarcan todas las Órdenes
de las Comisiones, las Órdenes Ministeriales o las Circulares de
autoridades inferiores.
Tal y como se ha explicado en la entrada “Hablando
de leyes…” de este blog. La Constitución Española, garantiza el principio
de jerarquía normativa; lo que implicará por ejemplo, que una norma de rango
inferior no puede ir contra lo dispuesto en otra que tenga rango superior.
2.- La estructura de las leyes en España.
Para
realizar este ejercicio, tomemos como referencia el Real Decreto-ley 17/2014:
3.- El proceso de elaboración de las leyes (proceso
legislativo)
Antes
de explicar el proceso de elaboración de las leyes, conviene saber las
principales instituciones del Estado:
Ø
Corona: Una de sus funciones es representar al país en el
ámbito internacional
Ø
Cortes
Generales o Parlamento:
Representan al pueblo español y están formadas por dos cámaras: El Congreso de
los Diputados y el Senado. Entre las funciones de las Cortes encontramos: Poder
legislativo (elaborar leyes), aprobar presupuestos del Estado, controlar la
acción del Gobierno y elegir la Presidente.
Ø
Gobierno:
Ejerce le poder ejecutivo,
gobierna de acuerdo con lo que establezcan las leyes.
Ø
Poder
judicial: Encargado de hacer
cumplir las leyes. Lo integran los jueces y magistrados.
Tal y como aparece
en el gráfico de la mencionada entrada “Hablando de leyes…”: El gobierno de la
nación por delegación (proyecto de ley) y el Congreso de los
Diputados y el Senado elaboran las leyes. Pero para que la ley se
promulgue, es necesaria la sanción del rey (simplemente es estampar su
firma) y a continuación se publicará dicha ley en el B.O.E: puede tener
una entrada en vigor inmediata (el día posterior a su publicación) o puede
haber un periodo relativamente medio en el que entre en vigor. Una vez entrada
en vigor, afectará a todo el territorio nacional.
4.-
Políticas públicas y política educativa. Cómo analizar la política
educativa.
En
palabras de Bonal, “el análisis de las políticas de educación en España […],
debe ser realizado teniendo en cuenta la formidable magnitud de los cambios de
orden económico, político, social y cultural […]”. (1998).
Lo
primero que tenemos que tener en cuenta al analizar ambas políticas será el concepto
de mandato, que según Dale (1989) el mandato del propio sistema educativo
será la manifestación de lo que es deseable y legítimo que cumpla la política
educativa socialmente. ¿Por qué es importante conocer esto? Porque de aquí
podremos comprender la herencia histórica del sistema, la función económica y
social de la educación, los niveles de modernización de las instituciones del
Estado y las desigualdades en materia educativa, entre otras cosas.
Lo
siguiente que hay que analizar serán las políticas de igualdad de
oportunidades. Tenemos que darnos cuenta que dentro de dichas políticas
distinguimos varios apartados:
Ø
Políticas
dirigidas a la equidad: Son
los ciudadanos potencialmente beneficiarios, sin embargo, pueden tener una
orientación selectivista (a un sector determinado de la población) o universalista.
Ø
Políticas
de carácter compensatorio de apoyo a la población más desfavorecida: Están dirigidas principalmente a los grupos más
desfavorecidos. Un ejemplo de estas políticas sería la creación de puestos
escolares para alumnos con necesidades especiales.
o
Política
de becas: Las becas son las
herramientas necesarias para poder llevar a cabo dicha política de igualdad de
oportunidades.
Otra de las cosas necesarias, para poder analizar la
equidad educativa son: la garantía de gratuidad de la enseñanza obligatoria,
criterios de financiación en los centros concertados y las condiciones
de acceso a la institución escolar (sobretodo cuando la titularidad es pública).
El periodo edad obligatoria en
los centros educativos, medidas de ayuda o los programas de garantía
social también debe ser un ítem para evaluar dichas políticas.
Pasemos
a analiza a continuación las políticas dirigidas a la calidad y
modernización del sistema educativo. ¿Qué criterios seguir? Veamos algunos
ejemplos:
Ø
¿Es
deficiente la formación del profesorado?
Ø
¿Es
baja la inversión en investigación e innovación educativa?
Ø
¿Existe
una escasez en la inspección y evaluación educativa?
Ø
¿Es
deficiente la metodología y los contenidos a tratar en el sistema?
Si las preguntas se han afirmado de forma positiva,
estamos ante una política de calidad precaria, en la cual no se apuesta por el
avance, desarrollo o modernización de mencionado sistema. Una de las claves
para estas políticas serán la innovación y la inspección o auditorías.
El
análisis también debe centrarse en las instituciones sociales implicadas; aquí
nos referimos por lo tanto a los partidos políticos y sindicatos y las
asociaciones de padres y madres, del profesorado y de los titulares del centro
Ø
Una
cosa que sí que tenemos clara es que los partidos políticos estampan su
ideología en las múltiples leyes educativas. (Razón por la cual existen
muchas leyes orgánicas educativas derogadas). Por ello tenemos que tener la
capacidad de identificar dichos supuestos ideológicos en nuestra ley a
analizar.
Ø
¿Qué
hacen, por lo tanto los sindicatos? Demandan de la mejora de las condiciones
profesionales y de las mejoras de tipo económico son los principales ejes de
acción de las asociaciones.
Tenemos que centrarnos entre otras cosas en el
derecho de participación y el derecho de libertad de asociación. En otras
palabras, ¿atienden los partidos que tienen potestad a la hora de hacer las
leyes a las múltiples demandas, reivindicaciones y necesidades de los
sindicatos y restos de instituciones sociales implicadas en dichas leyes?
Y
para acabar con nuestro análisis; debemos atender a gestión del sistema, que
a su vez puede ser dividido en varias secciones:
Ø Grado de autonomía en la toma de
decisiones y participación en la gestión económica y pedagógica de los centros.
Ø Autonomía de elaboración de
políticas educativas de gestión de las comunidades autónomas.
Todo este análisis se debe hacer sin olvidarnos de la
historia de las leyes.
Bibliografía empleada (APA)
INTEF.
(2014). Tema 2: La jerarquía de las normas en la Constitución. Sevilla:
IES Heliópolis.
Juan-Real,
E. (2005). Organización del Estado español. En E. Juan-Real, Geografía
Descriptiva (pp.84-85).
Bonal, X.
(1998). Capítulo 8. La política educativa: dimensiones de un proceso de
transformación (1976-1996). En R. Gomá & J. Subirats (coords.), Políticas
públicas en España (pp.153 -175).
Jacob Sierra Díaz y UCLM
sábado, 21 de marzo de 2015
HABLANDO DE LEYES.....
Las normas
jurídicas consisten en una serie de criterios de decisión de conflictos de
intereses, emanadas de los órganos competentes, que rigen la conducta de los hombres
en sus mutuas relaciones sociales y cuya observancia está garantizada mediante
oportunas sanciones.
¿Cómo se estructura una ley?; tomemos como ejemplo el Real Decreto-ley 17/2014 Pincha aquí:
Y por último veamos el proceso de elaboración de leyes. Recordad que hay una entrada sobre el debate de la separación de poderes.
El
conjunto de normas jurídicas que se rigen en una determinada sociedad y en un determinado
momento histórico se denomina Derecho positivo. Comúnmente se
llama Legislación
a ese cúmulo de normas emanadas de los poderes del Estado con competencia
para la creación de la misma. Otro nombre que también es comúnmente utilizado
para denominar al conjunto normativo de una sociedad es el de Ordenamiento
jurídico.
Las
normas jurídicas no son todas de la misma clase ni tampoco tienen todas igual relevancia,
sino que se encuentran organizadas de forma jerárquica en una escala, de
mayor a menor importancia. A los escalones organizados de mayor a menor importancia
que forma la escala referida se les denomina Rango. De esta
manera podemos decir que no todas las normas tienen el mismo rango, ya que unas
tendrán mayor importancia que otras, y por tanto estarán en un rango superior
de esa escala normativa jerarquizada.
La
Constitución Española, en su Art. 9.3 garantiza el principio de
jerarquía normativa; según el cual el sistema de fuentes se ordena de acuerdo
con la posición que ocupa el órgano emisor de la norma en la estructura del
Estado. Este principio tiene vital importancia en la aplicación de una
determinada norma, ya que:
1.
Una norma de rango inferior no puede ir contra lo dispuesto en otra que
tenga rango superior. Por tanto si se da, para un mismo supuesto, la
posibilidad de aplicar dos normas diferentes y que no proporcionan igual
solución al asunto, prevalecerá siempre la norma de rango superior, que será la
aplicada.
2.
Una norma posterior deroga a una norma anterior de igual rango. Esto quiere
decir que si estamos en un caso como el descrito en el apartado primero y son
de aplicación dos normas DE IGUAL RANGO y una de ellas es posterior en el tiempo,
la norma a aplicar será siempre precisamente la norma posterior.
3.
Una ley especial prevalece frente a una ley general. Esto significa que, y volvemos
a los supuestos anteriores, a un caso le son de aplicación dos leyes, pero una
de ellas tiene carácter general, por ejemplo el Código de Comercio, y la otra
tiene carácter especial, por ejemplo la Ley de Sociedades Anónimas. El citerio es que la segunda prevalecerá sobre la primera, ya que se entiende que si existe una ley especial es porque el poder legislativo ha querido regular más pormenorizadamente una materia.
Introducción --> Títulos --> Capítulos --> Artículos --> Subsecciones en los artículos
INTRO --> TÍTULO I (Disposiciones generales y ....) --> CAPÍTULO I (Disposiciones generales y principios) --> ARTÍCULO 1. Objeto --> ARTÍCULO 2 ..........
Y por último veamos el proceso de elaboración de leyes. Recordad que hay una entrada sobre el debate de la separación de poderes.
(ISO): INTEF. Tema 2: La jerarquía de las normas en la Constitución [en línea]: de IES Heliópolis.http://roble.pntic.mec.es/cgar0136/TEMA%202%20La%20jerarqu%EDa%20de%20las%20normas%20en%20la%20Constituci%F3n%20%20-1%AA-.pdf [Consulta: 21 de marzo de 2015]
Jacob Sierra Díaz y UCLM
jueves, 19 de marzo de 2015
SOBRE LA FAMILIA.....
Como grupo básico de la
especie humana, la familia ocupa un papel primero y fundamental en los procesos de
socialización (en particular la socialización primaria). La familia es una institución de formas muy
variables según las culturas,
las épocas y los contextos sociales. Y esta variabilidad, cada día más importante, debe considerarse para
aproximarnos al valor de la familia en los procesos de socialización.
Existen tres sus funciones fundamentales en dicha institución social:
- Función biológica: Continuidad de la especie-procreación, supervivencia de sus miembros, mejora de la calidad de vida.
- Función social: Integración social-socialización, renovación y movilidad social
- Función cultural: Transmisión y ampliación de la herencia cultural, integración en pautas, roles, normas y valores.
La posición de la familia afecta al proceso de socialización del individuo. (En las modernas sociedades occidentales, la posición social no se hereda al nacer… Aún así, la clase social de la familia en la que nace un individuo afecta profundamente a la educación recibida (Giddens,1998).
Y es que efectivamente la experiencia familiar vivida por los sujetos será muy diferente a una familia donde los padres son profesionales liberales con elevado nivel cultural y económico a otra en la que los padres llevan una existencia de trabajo precario descualificado en un contexto de barriada marginal donde las cosas pueden ser peores si, se da una ausencia total de la acción social del Estado por la inexistencia de los servicios sociales y educativos mínimos necesarios.
Según Sarramorna (2008), en la familia se dan las condiciones propicias para que los procesos de socialización sean efectivos, veamos:
- Las relaciones familiares se basan en el afecto entre padres e hijos, condición necesaria para que la intervención socializadora respete al sujeto y éste se halle dispuesto a aceptar tal intervención.
- La familia puede ejercer una acción continuada y coherente en las diversas etapas del desarrollo de los niños. La reiteración permite así la consolidación de las metas socializadoras.
- La convivencia familiar proporciona las múltiples ocasiones en que la acción socializadora se puede llevar a cabo, reforzada con la posibilidad de actuación modélica por parte de los padres y otros familiares adultos que conviven en el seno familiar de los principios y normas propuestas.
- La familia goza de todo el aval social para llevar a cabo su actuación socializadora, con lo cual está legitimada para plantear sus propios principios ideológicos y recurrir a los refuerzos y sanciones que sean precisas, sin por ello atentar a la naturaleza de las relaciones afectivas. La familia, pues, es la responsable de la primera mediación de los valores culturales y la que forja actitudes y prejuicios acerca de ellos mismos y de los otros. Su papel, sin embargo, se ve cada vez más mediatizado por los influjos de otros medios muy presentes en el hogar, limitando así la función totalizadora que le correspondió en otras épocas; la televisión, la escuela y demás agentes de socialización comparten y modifican muchas de esas funciones.
BIBLIOGRAFÍA (APA)
Giddens, A. (1998). Sociología. Madrid: Alianza
Contreras-Gallego, M. (2013). Tema 2. Socialización y Escuela. Úbeda: Centro Universitario de Estudios Superiores Sagrada Familia
miércoles, 18 de marzo de 2015
EN EL DÍA DE HOY............ EN SOCIOLOGÍA.............
17/3/2015
¿Qué ocurre con Grecia? Se presta dinero a través del banco. Cuando no hay dinero para pagar los impuestos se pide dinero (a los bancos) al suponerse un plazo puntual.
Del PIB se retrae para pagar la deuda, pero si todo lo que se produce es para pagar la deuda:
¿Cómo funciona un banco? Si todo el mundo quiere sacar su dinero, el banco quiebra.
La ley orgánica regula los artículos de la constitución. La ley las hace las cortes, el Decreto ley la realiza el gobierno
Constitución --- Ley orgánica --- Decretos --- Órdenes ministeriales
Leyes orgánicas ---> Títulos ---> capítulos ---> Artículos ---> Secciones
"Es bueno que la gente no conozca el sistema bancario y monetario, si no habría una revolución mañana por la mañana" - Henry Ford
¿Qué ocurre con Grecia? Se presta dinero a través del banco. Cuando no hay dinero para pagar los impuestos se pide dinero (a los bancos) al suponerse un plazo puntual.
Del PIB se retrae para pagar la deuda, pero si todo lo que se produce es para pagar la deuda:
- Quitar la seguridad social
- No pagar la deuda
- Nuevas políticas de austeridad
¿Cómo funciona un banco? Si todo el mundo quiere sacar su dinero, el banco quiebra.
La ley orgánica regula los artículos de la constitución. La ley las hace las cortes, el Decreto ley la realiza el gobierno
Constitución --- Ley orgánica --- Decretos --- Órdenes ministeriales
Leyes orgánicas ---> Títulos ---> capítulos ---> Artículos ---> Secciones
"Es bueno que la gente no conozca el sistema bancario y monetario, si no habría una revolución mañana por la mañana" - Henry Ford
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