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Bienvenido a mi blog de Educación y Sociedad del año 2015. En este blog colgaré parte de mi trabajo realizado para esta asginatura

lunes, 23 de marzo de 2015

ACTIVIDAD 1.4. (SOCIOLOGÍA)


Explica de forma clara y concisa:

1.- La jerarquía de las distintas leyes en España y en qué radica las diferencias entre ellas.

El conjunto de normas jurídicas emanadas de los poderes del Estado con competencia para la creación de la misma, que se rigen en una determinada sociedad y en un determinado momento histórico se denomina Derecho positivo. Comúnmente lo llamamos Legislación u Ordenamiento jurídico.

 

Las normas jurídicas no son todas de la misma clase, ni tampoco tienen la misma relevancia. Se encuentran organizadas de forma jerárquica en una escala, de mayor a menor importancia: Dichos estadios son denominados Rangos.

 

Entonces afirmaremos que no todas las normas tienen el mismo rango; unas tendrán mayor importancia que otras y por lo tanto estarán en un rango superior de la pirámide de jerarquía, que tenemos a continuación:





Tras la Constitución tenemos la Normativa Comunitaria, es decir, los Reglamentos y Directivas Comunitarias. En un rango inferior se encuentran los Tratados Internacionales: Son los convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados por España. Las Leyes emanadas de las Cortes Generales; que pueden ser Leyes Orgánicas o Leyes Ordinarias estarán en el rango inmediatamente inferior a la de los Tratados Internacionales. En el penúltimo escalón encontramos las Normas con Rango de Leyes, (son las que emanan del poder ejecutivo) y son los Reales Decretos – Leyes y los Reales Decretos Legislativos. En último lugar encontraremos los Reglamentos, en este rango se abarcan todas las Órdenes de las Comisiones, las Órdenes Ministeriales o las Circulares de autoridades inferiores.

 

Tal y como se ha explicado en la entrada “Hablando de leyes…” de este blog. La Constitución Española, garantiza el principio de jerarquía normativa; lo que implicará por ejemplo, que una norma de rango inferior no puede ir contra lo dispuesto en otra que tenga rango superior.





2.- La estructura de las leyes en España.

Para realizar este ejercicio, tomemos como referencia el Real Decreto-ley 17/2014:
 
 
 
3.- El proceso de elaboración de las leyes (proceso legislativo)
Antes de explicar el proceso de elaboración de las leyes, conviene saber las principales instituciones del Estado:
Ø      Corona: Una de sus funciones es representar al país en el ámbito internacional
Ø      Cortes Generales o Parlamento: Representan al pueblo español y están formadas por dos cámaras: El Congreso de los Diputados y el Senado. Entre las funciones de las Cortes encontramos: Poder legislativo (elaborar leyes), aprobar presupuestos del Estado, controlar la acción del Gobierno y elegir la Presidente.
Ø      Gobierno: Ejerce le poder ejecutivo, gobierna de acuerdo con lo que establezcan las leyes.
Ø      Poder judicial: Encargado de hacer cumplir las leyes. Lo integran los jueces y magistrados.
 
Tal y como aparece en el gráfico de la mencionada entrada “Hablando de leyes…”: El gobierno de la nación por delegación (proyecto de ley) y el Congreso de los Diputados y el Senado elaboran las leyes. Pero para que la ley se promulgue, es necesaria la sanción del rey (simplemente es estampar su firma) y a continuación se publicará dicha ley en el B.O.E: puede tener una entrada en vigor inmediata (el día posterior a su publicación) o puede haber un periodo relativamente medio en el que entre en vigor. Una vez entrada en vigor, afectará a todo el territorio nacional.
 
 
4.- Políticas públicas y política educativa. Cómo analizar la política educativa.
En palabras de Bonal, “el análisis de las políticas de educación en España […], debe ser realizado teniendo en cuenta la formidable magnitud de los cambios de orden económico, político, social y cultural […]”. (1998).
Lo primero que tenemos que tener en cuenta al analizar ambas políticas será el concepto de mandato, que según Dale (1989) el mandato del propio sistema educativo será la manifestación de lo que es deseable y legítimo que cumpla la política educativa socialmente. ¿Por qué es importante conocer esto? Porque de aquí podremos comprender la herencia histórica del sistema, la función económica y social de la educación, los niveles de modernización de las instituciones del Estado y las desigualdades en materia educativa, entre otras cosas.
Lo siguiente que hay que analizar serán las políticas de igualdad de oportunidades. Tenemos que darnos cuenta que dentro de dichas políticas distinguimos varios apartados:
Ø      Políticas dirigidas a la equidad: Son los ciudadanos potencialmente beneficiarios, sin embargo, pueden tener una orientación selectivista (a un sector determinado de la población) o universalista.
 
Ø      Políticas de carácter compensatorio de apoyo a la población más desfavorecida: Están dirigidas principalmente a los grupos más desfavorecidos. Un ejemplo de estas políticas sería la creación de puestos escolares para alumnos con necesidades especiales.
 
o       Política de becas: Las becas son las herramientas necesarias para poder llevar a cabo dicha política de igualdad de oportunidades.
Otra de las cosas necesarias, para poder analizar la equidad educativa son: la garantía de gratuidad de la enseñanza obligatoria, criterios de financiación en los centros concertados y las condiciones de acceso a la institución escolar (sobretodo cuando la titularidad es pública). El  periodo edad obligatoria en los centros educativos, medidas de ayuda o los programas de garantía social también debe ser un ítem para evaluar dichas políticas.
            Pasemos a analiza a continuación las políticas dirigidas a la calidad y modernización del sistema educativo. ¿Qué criterios seguir? Veamos algunos ejemplos:
Ø      ¿Es deficiente la formación del profesorado?
Ø      ¿Es baja la inversión en investigación e innovación educativa?
Ø      ¿Existe una escasez en la inspección y evaluación educativa?
Ø      ¿Es deficiente la metodología y los contenidos a tratar en el sistema?
Si las preguntas se han afirmado de forma positiva, estamos ante una política de calidad precaria, en la cual no se apuesta por el avance, desarrollo o modernización de mencionado sistema. Una de las claves para estas políticas serán la innovación y la inspección o auditorías.
            El análisis también debe centrarse en las instituciones sociales implicadas; aquí nos referimos por lo tanto a los partidos políticos y sindicatos y las asociaciones de padres y madres, del profesorado y de los titulares del centro
Ø      Una cosa que sí que tenemos clara es que los partidos políticos estampan su ideología en las múltiples leyes educativas. (Razón por la cual existen muchas leyes orgánicas educativas derogadas). Por ello tenemos que tener la capacidad de identificar dichos supuestos ideológicos en nuestra ley a analizar.
Ø      ¿Qué hacen, por lo tanto los sindicatos? Demandan de la mejora de las condiciones profesionales y de las mejoras de tipo económico son los principales ejes de acción de las asociaciones.
Tenemos que centrarnos entre otras cosas en el derecho de participación y el derecho de libertad de asociación. En otras palabras, ¿atienden los partidos que tienen potestad a la hora de hacer las leyes a las múltiples demandas, reivindicaciones y necesidades de los sindicatos y restos de instituciones sociales implicadas en dichas leyes?
            Y para acabar con nuestro análisis; debemos atender a gestión del sistema, que a su vez puede ser dividido en varias secciones:
Ø      Grado de autonomía en la toma de decisiones y participación en la gestión económica y pedagógica de los centros.
 
Ø      Autonomía de elaboración de políticas educativas de gestión de las comunidades autónomas.
Todo este análisis se debe hacer sin olvidarnos de la historia de las leyes.
 
 
Bibliografía empleada (APA)
INTEF. (2014). Tema 2: La jerarquía de las normas en la Constitución. Sevilla: IES Heliópolis.
Juan-Real, E. (2005). Organización del Estado español. En E. Juan-Real, Geografía Descriptiva (pp.84-85).
Bonal, X. (1998). Capítulo 8. La política educativa: dimensiones de un proceso de transformación (1976-1996). En R. Gomá & J. Subirats (coords.), Políticas públicas en España (pp.153 -175).
 
 
Jacob Sierra Díaz y UCLM
 
 

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