BIENVENIDO

Bienvenido a mi blog de Educación y Sociedad del año 2015. En este blog colgaré parte de mi trabajo realizado para esta asginatura

lunes, 23 de marzo de 2015

ACTIVIDAD 1.4. (SOCIOLOGÍA)


Explica de forma clara y concisa:

1.- La jerarquía de las distintas leyes en España y en qué radica las diferencias entre ellas.

El conjunto de normas jurídicas emanadas de los poderes del Estado con competencia para la creación de la misma, que se rigen en una determinada sociedad y en un determinado momento histórico se denomina Derecho positivo. Comúnmente lo llamamos Legislación u Ordenamiento jurídico.

 

Las normas jurídicas no son todas de la misma clase, ni tampoco tienen la misma relevancia. Se encuentran organizadas de forma jerárquica en una escala, de mayor a menor importancia: Dichos estadios son denominados Rangos.

 

Entonces afirmaremos que no todas las normas tienen el mismo rango; unas tendrán mayor importancia que otras y por lo tanto estarán en un rango superior de la pirámide de jerarquía, que tenemos a continuación:





Tras la Constitución tenemos la Normativa Comunitaria, es decir, los Reglamentos y Directivas Comunitarias. En un rango inferior se encuentran los Tratados Internacionales: Son los convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados por España. Las Leyes emanadas de las Cortes Generales; que pueden ser Leyes Orgánicas o Leyes Ordinarias estarán en el rango inmediatamente inferior a la de los Tratados Internacionales. En el penúltimo escalón encontramos las Normas con Rango de Leyes, (son las que emanan del poder ejecutivo) y son los Reales Decretos – Leyes y los Reales Decretos Legislativos. En último lugar encontraremos los Reglamentos, en este rango se abarcan todas las Órdenes de las Comisiones, las Órdenes Ministeriales o las Circulares de autoridades inferiores.

 

Tal y como se ha explicado en la entrada “Hablando de leyes…” de este blog. La Constitución Española, garantiza el principio de jerarquía normativa; lo que implicará por ejemplo, que una norma de rango inferior no puede ir contra lo dispuesto en otra que tenga rango superior.





2.- La estructura de las leyes en España.

Para realizar este ejercicio, tomemos como referencia el Real Decreto-ley 17/2014:
 
 
 
3.- El proceso de elaboración de las leyes (proceso legislativo)
Antes de explicar el proceso de elaboración de las leyes, conviene saber las principales instituciones del Estado:
Ø      Corona: Una de sus funciones es representar al país en el ámbito internacional
Ø      Cortes Generales o Parlamento: Representan al pueblo español y están formadas por dos cámaras: El Congreso de los Diputados y el Senado. Entre las funciones de las Cortes encontramos: Poder legislativo (elaborar leyes), aprobar presupuestos del Estado, controlar la acción del Gobierno y elegir la Presidente.
Ø      Gobierno: Ejerce le poder ejecutivo, gobierna de acuerdo con lo que establezcan las leyes.
Ø      Poder judicial: Encargado de hacer cumplir las leyes. Lo integran los jueces y magistrados.
 
Tal y como aparece en el gráfico de la mencionada entrada “Hablando de leyes…”: El gobierno de la nación por delegación (proyecto de ley) y el Congreso de los Diputados y el Senado elaboran las leyes. Pero para que la ley se promulgue, es necesaria la sanción del rey (simplemente es estampar su firma) y a continuación se publicará dicha ley en el B.O.E: puede tener una entrada en vigor inmediata (el día posterior a su publicación) o puede haber un periodo relativamente medio en el que entre en vigor. Una vez entrada en vigor, afectará a todo el territorio nacional.
 
 
4.- Políticas públicas y política educativa. Cómo analizar la política educativa.
En palabras de Bonal, “el análisis de las políticas de educación en España […], debe ser realizado teniendo en cuenta la formidable magnitud de los cambios de orden económico, político, social y cultural […]”. (1998).
Lo primero que tenemos que tener en cuenta al analizar ambas políticas será el concepto de mandato, que según Dale (1989) el mandato del propio sistema educativo será la manifestación de lo que es deseable y legítimo que cumpla la política educativa socialmente. ¿Por qué es importante conocer esto? Porque de aquí podremos comprender la herencia histórica del sistema, la función económica y social de la educación, los niveles de modernización de las instituciones del Estado y las desigualdades en materia educativa, entre otras cosas.
Lo siguiente que hay que analizar serán las políticas de igualdad de oportunidades. Tenemos que darnos cuenta que dentro de dichas políticas distinguimos varios apartados:
Ø      Políticas dirigidas a la equidad: Son los ciudadanos potencialmente beneficiarios, sin embargo, pueden tener una orientación selectivista (a un sector determinado de la población) o universalista.
 
Ø      Políticas de carácter compensatorio de apoyo a la población más desfavorecida: Están dirigidas principalmente a los grupos más desfavorecidos. Un ejemplo de estas políticas sería la creación de puestos escolares para alumnos con necesidades especiales.
 
o       Política de becas: Las becas son las herramientas necesarias para poder llevar a cabo dicha política de igualdad de oportunidades.
Otra de las cosas necesarias, para poder analizar la equidad educativa son: la garantía de gratuidad de la enseñanza obligatoria, criterios de financiación en los centros concertados y las condiciones de acceso a la institución escolar (sobretodo cuando la titularidad es pública). El  periodo edad obligatoria en los centros educativos, medidas de ayuda o los programas de garantía social también debe ser un ítem para evaluar dichas políticas.
            Pasemos a analiza a continuación las políticas dirigidas a la calidad y modernización del sistema educativo. ¿Qué criterios seguir? Veamos algunos ejemplos:
Ø      ¿Es deficiente la formación del profesorado?
Ø      ¿Es baja la inversión en investigación e innovación educativa?
Ø      ¿Existe una escasez en la inspección y evaluación educativa?
Ø      ¿Es deficiente la metodología y los contenidos a tratar en el sistema?
Si las preguntas se han afirmado de forma positiva, estamos ante una política de calidad precaria, en la cual no se apuesta por el avance, desarrollo o modernización de mencionado sistema. Una de las claves para estas políticas serán la innovación y la inspección o auditorías.
            El análisis también debe centrarse en las instituciones sociales implicadas; aquí nos referimos por lo tanto a los partidos políticos y sindicatos y las asociaciones de padres y madres, del profesorado y de los titulares del centro
Ø      Una cosa que sí que tenemos clara es que los partidos políticos estampan su ideología en las múltiples leyes educativas. (Razón por la cual existen muchas leyes orgánicas educativas derogadas). Por ello tenemos que tener la capacidad de identificar dichos supuestos ideológicos en nuestra ley a analizar.
Ø      ¿Qué hacen, por lo tanto los sindicatos? Demandan de la mejora de las condiciones profesionales y de las mejoras de tipo económico son los principales ejes de acción de las asociaciones.
Tenemos que centrarnos entre otras cosas en el derecho de participación y el derecho de libertad de asociación. En otras palabras, ¿atienden los partidos que tienen potestad a la hora de hacer las leyes a las múltiples demandas, reivindicaciones y necesidades de los sindicatos y restos de instituciones sociales implicadas en dichas leyes?
            Y para acabar con nuestro análisis; debemos atender a gestión del sistema, que a su vez puede ser dividido en varias secciones:
Ø      Grado de autonomía en la toma de decisiones y participación en la gestión económica y pedagógica de los centros.
 
Ø      Autonomía de elaboración de políticas educativas de gestión de las comunidades autónomas.
Todo este análisis se debe hacer sin olvidarnos de la historia de las leyes.
 
 
Bibliografía empleada (APA)
INTEF. (2014). Tema 2: La jerarquía de las normas en la Constitución. Sevilla: IES Heliópolis.
Juan-Real, E. (2005). Organización del Estado español. En E. Juan-Real, Geografía Descriptiva (pp.84-85).
Bonal, X. (1998). Capítulo 8. La política educativa: dimensiones de un proceso de transformación (1976-1996). En R. Gomá & J. Subirats (coords.), Políticas públicas en España (pp.153 -175).
 
 
Jacob Sierra Díaz y UCLM
 
 

sábado, 21 de marzo de 2015

HABLANDO DE LEYES.....

Las normas jurídicas consisten en una serie de criterios de decisión de conflictos de intereses, emanadas de los órganos competentes, que rigen la conducta de los hombres en sus mutuas relaciones sociales y cuya observancia está garantizada mediante oportunas sanciones.

El conjunto de normas jurídicas que se rigen en una determinada sociedad y en un determinado momento histórico se denomina Derecho positivo. Comúnmente se llama Legislación a ese cúmulo de normas emanadas de los poderes del Estado con competencia para la creación de la misma. Otro nombre que también es comúnmente utilizado para denominar al conjunto normativo de una sociedad es el de Ordenamiento jurídico.
 
Las normas jurídicas no son todas de la misma clase ni tampoco tienen todas igual relevancia, sino que se encuentran organizadas de forma jerárquica en una escala, de mayor a menor importancia. A los escalones organizados de mayor a menor importancia que forma la escala referida se les denomina Rango. De esta manera podemos decir que no todas las normas tienen el mismo rango, ya que unas tendrán mayor importancia que otras, y por tanto estarán en un rango superior de esa escala normativa jerarquizada.


La Constitución Española, en su Art. 9.3 garantiza el principio de jerarquía normativa; según el cual el sistema de fuentes se ordena de acuerdo con la posición que ocupa el órgano emisor de la norma en la estructura del Estado. Este principio tiene vital importancia en la aplicación de una determinada norma, ya que:

1. Una norma de rango inferior no puede ir contra lo dispuesto en otra que tenga rango superior. Por tanto si se da, para un mismo supuesto, la posibilidad de aplicar dos normas diferentes y que no proporcionan igual solución al asunto, prevalecerá siempre la norma de rango superior, que será la aplicada.

2. Una norma posterior deroga a una norma anterior de igual rango. Esto quiere decir que si estamos en un caso como el descrito en el apartado primero y son de aplicación dos normas DE IGUAL RANGO y una de ellas es posterior en el tiempo, la norma a aplicar será siempre precisamente la norma posterior.

3. Una ley especial prevalece frente a una ley general. Esto significa que, y volvemos a los supuestos anteriores, a un caso le son de aplicación dos leyes, pero una de ellas tiene carácter general, por ejemplo el Código de Comercio, y la otra tiene carácter especial, por ejemplo la Ley de Sociedades Anónimas. El citerio es que la segunda prevalecerá sobre la primera, ya que se entiende que si existe una ley especial es porque el poder legislativo ha querido regular más pormenorizadamente una materia.
 


 
 ¿Cómo se estructura una ley?; tomemos como ejemplo el Real Decreto-ley 17/2014 Pincha aquí:

Introducción --> Títulos --> Capítulos --> Artículos --> Subsecciones en los artículos
 
INTRO --> TÍTULO I (Disposiciones generales y ....) --> CAPÍTULO I  (Disposiciones generales y principios) --> ARTÍCULO 1. Objeto --> ARTÍCULO 2 ..........


Y por último veamos el proceso de elaboración de leyes. Recordad que hay una entrada sobre el debate de la separación de poderes.

 
 
 
(ISO): INTEF. Tema 2: La jerarquía de las normas en la Constitución [en línea]: de IES Heliópolis.http://roble.pntic.mec.es/cgar0136/TEMA%202%20La%20jerarqu%EDa%20de%20las%20normas%20en%20la%20Constituci%F3n%20%20-1%AA-.pdf [Consulta: 21 de marzo de 2015]


 Jacob Sierra Díaz y UCLM
 

jueves, 19 de marzo de 2015

SOBRE LA FAMILIA.....

Como grupo básico de la especie humana, la familia ocupa un papel primero y fundamental en los procesos de socialización (en particular la socialización primaria). La familia es una institución de formas muy variables según las culturas, las épocas y los contextos sociales. Y esta variabilidad, cada día más importante, debe considerarse para aproximarnos al valor de la familia en los procesos de socialización.
 
Existen tres sus funciones fundamentales en dicha institución social:
  • Función biológica: Continuidad de la especie-procreación, supervivencia de sus miembros, mejora de la calidad de vida.
  • Función social: Integración social-socialización, renovación y movilidad social
  • Función cultural: Transmisión y ampliación de la herencia cultural, integración en pautas, roles, normas y valores.

Las funciones socializadoras de la familia (estrechamente relacionada con la función biológica, social y cultural) comienzan con el nacimiento del niño, pues los primeros sonidos y rudimentos culturales son familiares, como también lo son las actitudes y valores morales subordinados a las conductas de protección, alimentación u organización del grupo familiar.




La posición de la familia afecta al proceso de socialización del individuo. (En las modernas sociedades occidentales, la posición social no se hereda al nacer… Aún así, la clase social de la familia en la que nace un individuo afecta profundamente a la educación recibida (Giddens,1998).

Y es que efectivamente la experiencia familiar vivida por los sujetos será muy diferente a una familia donde los padres son profesionales liberales con elevado nivel cultural y económico a otra en la que los padres llevan una existencia de trabajo precario descualificado en un contexto de barriada marginal donde las cosas pueden ser peores si, se da una ausencia total de la acción social del Estado por la inexistencia de los servicios sociales y educativos mínimos necesarios.


Según Sarramorna (2008), en la familia se dan las condiciones propicias para que los procesos de socialización sean efectivos, veamos:



- Las relaciones familiares se basan en el afecto entre padres e hijos, condición necesaria para que la intervención socializadora respete al sujeto y éste se halle dispuesto a aceptar tal intervención.

- La familia puede ejercer una acción continuada y coherente en las diversas etapas del desarrollo de los niños. La reiteración permite así la consolidación de las metas socializadoras.

- La convivencia familiar proporciona las múltiples ocasiones en que la acción socializadora se puede llevar a cabo, reforzada con la posibilidad de actuación modélica por parte de los padres y otros familiares adultos que conviven en el seno familiar de los principios y normas propuestas.

- La familia goza de todo el aval social para llevar a cabo su actuación socializadora, con lo cual está legitimada para plantear sus propios principios ideológicos y recurrir a los refuerzos y sanciones que sean precisas, sin por ello atentar a la naturaleza de las relaciones afectivas. La familia, pues, es la responsable de la primera mediación de los valores culturales y la que forja actitudes y prejuicios acerca de ellos mismos y de los otros. Su papel, sin embargo, se ve cada vez más mediatizado por los influjos de otros medios muy presentes en el hogar, limitando así la función totalizadora que le correspondió en otras épocas; la televisión, la escuela y demás agentes de socialización comparten y modifican muchas de esas funciones.

BIBLIOGRAFÍA (APA)

Giddens, A. (1998). Sociología. Madrid: Alianza

Contreras-Gallego, M. (2013). Tema 2. Socialización y Escuela. Úbeda: Centro Universitario de Estudios Superiores Sagrada Familia







miércoles, 18 de marzo de 2015

EN EL DÍA DE HOY............ EN SOCIOLOGÍA.............

17/3/2015
 ¿Qué ocurre con Grecia? Se presta dinero a través del banco. Cuando no hay dinero para pagar los impuestos se pide dinero (a los bancos) al suponerse un plazo puntual.

Del PIB se retrae para pagar la deuda, pero si todo lo que se produce es para pagar la deuda:
  • Quitar la seguridad social
  • No pagar la deuda
  • Nuevas políticas de austeridad


¿Cómo funciona un banco? Si todo el mundo quiere sacar su dinero, el  banco quiebra.

La ley orgánica regula los artículos de la constitución. La ley las hace las cortes, el Decreto ley la realiza el gobierno

Constitución --- Ley orgánica --- Decretos --- Órdenes ministeriales

Leyes orgánicas ---> Títulos ---> capítulos ---> Artículos ---> Secciones


"Es bueno que la gente no conozca el sistema bancario y monetario, si no habría una revolución mañana por la mañana" - Henry Ford

Jacob Sierra Díaz

SEPARACIÓN DE PODERES

La separación de poderes o división de poderes es una ordenación y distribución de las funciones del Estado, en la cual la titularidad de cada una de ellas es confiada a un órgano u organismo público distinto.
Dicha separación de poderes es uno de los principios que caracterizan al Estado de Derecho moderno.
Veamos lo tres poderes independientes:
  • Poder legislativo: Delibera y decide el contenido de las leyes generales
  • Poder judicial: Aplica las leyes generales a los casos particulares y
  • Poder ejecutivo: aparte de hacer efectivas las decisiones de los otros dos poderes, maneja la administración general del país y atiende su bienestar

He encontrado este texto  mientras que buscaba más datos para hacer esta entrada : «Los jueces son importantes funcionarios públicos cuyo poder alcanza a casi todos los ámbitos de la sociedad, y resuelven disputas entre las personas interpretando la ley. Determinan la distribución de los recursos públicos y privados, y dirigen los movimientos de miembros del gobierno. El papel cada vez más importante de la justicia corre el peligro de quedar cada vez más implicado en la esfera política, aumentando el riesgo de no poder separar debidamente los poderes». (Leny E. Groot Leeuwen & Wannes Rom).



El debate está servido:

¿Es verdaderamente esta una herramienta eficaz para que pueda establecerse un sistema de controles y equilibrios que limite las facultades del gobierno y proteja los derechos individuales?






Jacob Sierra Díaz y UCLM

CONOCIENDO LA ASIGNATURA

Este blog está dedicado a la asignatura Educación y Sociedad. En dicha asignatura encontramos dos disciplinas que se precisan para poder desarrollarla: Sociología y pedagogía.

Veamos un poquito de cada una de estas disciplinas y algunos autores de renombre:

  • Sociología: Es la unión de dos palabras latinas, socĭus que significa socio o individuo, y logía cuyo significado es  estudio. Entonces podemos definir a esta disciplina como una ciencia social  que se dedica al estudio de los grupos sociales (conjunto de individuos que conviven agrupados en diversos tipos de asociaciones) y que además analiza las formas internas de organización, las relaciones que los sujetos mantienen entre sí y con el sistema, y el grado de cohesión existente en el marco de la estructura social.
    Los orígenes de la sociología como disciplina científica van asociados a nombres de autores tales como Auguste Comte, Émile Durkheim, Karl Marx o Max Weber entre otros. En la actualidad podemos encontrar ideas de sociólogos tan importantes como George Ritzer, Anthony Giddens, Zygmunt Bauman, Ulrich Beck, Alain Touraine, Manuel Castells entre otros.


  • Pedagogía: Es la unión de dos palabras griegas, paidos (niño) y gogía (conducir). La pedagogía es el conjunto de los saberes que están orientados hacia la educación, entendida como un fenómeno que pertenece intrínsecamente a la especie humana y que se desarrolla de manera social.
    Se podría decir que los orígenes de la pedagogía son a partir de los estudios de Kant y Herbart. Tal y como estamos viendo en otras asignaturas, existen muchos personajes que han aportado algo a esta disciplina; Rousseau, Freinet...



Jacob Sierra Díaz y UCLM



martes, 17 de marzo de 2015

CITAS Y REFERENCIAS

1.- ¿Por qué citar y referenciar?


Para hacer cualquier tipo de trabajo; debemos buscar en muchas fuentes la información. Si se emplea en nuestro trabajo, tenemos la obligación de dar crédito a sus autores y citar dicha fuente de información. Aunque también empleamos las citas para:
  • Aprender
  • Justificar lo que se dice
  • Conocer el estado de la cuestión y actualizarse


No es necesario citar hechos o datos generalmente conocidos o que pueden encontrarse en cualquier enciclopedia; por ejemplo el Teorema de Pitágoras.


Con la referencia y citaciones evitaremos el plagio.




2.- Diferencias entre citas y referencias
  • Cita bibliográfica: También llamadas citas en el texto, van en el trabajo o entre el libro. Con ellos identificamos la fuente original y especificar de dónde se han tomado el fragmento, la idea o el dato de forma precisa
    • Se pueden poner paréntesis en el texto, al final del capítulo o del texto o como nota a pie de página.
    • Datos de la cita debe ser lo suficientemente clara para que se vea la correspondencia con la referencia
    • (Giddens, 1995)


  • Referencia bibliográfica: Son las típicas frases ubicadas al final del trabajo o texto. Es la bibliografía. Contiene elementos básicos para la identificación de los documentos consultados o citados.
    • London, J. (2004). Colmillo Blanco. Madrid: Dediciones


3.- Modelos de Referencias y citación




4.- Normas APA (American Psicological Association)


Más que ver las reglas de las normas APA (pincha aquí para ver el documento de las Normas APA), veamos algunos ejemplos:


  • Cita bibliográfica: Según Bargueño Sa Calobra está escondida entre precipitaciones montañosas de 200 metros. (2014, p.83) - Referencia correspondiente al final del trabajo
  • Otra forma de cita: "La combinación de letra triste y música exultante resulta inapelable" (Lapresa et al., 2013, p.65) - Referencia correspondiente al final del trabajo.
  • Libro: Dedopulos, T. (2011). Enigmas y juegos de ingenio para romperte la cabeza". Barcelona: Debolsillo.
  • Capítulo de libro: Enzensberger, H. M. (1997). Cuarta noche. En H.M. Enzensberger, El diablo de los números (pp. 61-83).
  • Artículo de revista: Lapresa, J., Luquero, C., Manrique, D., & Ruiz, N. (2013). Las 50 mejores canciones de The Beatles. The Rolling Stones, (168), 58-73.


Información extraída de mi curso de Búsquedas de la información de la UCLM
JACOB SIERRA DÍAZ



viernes, 13 de marzo de 2015

EN EL DÍA DE HOY.......... EN PEDAGOGÍA.............

12/3/2015
- Dentro de una clase lo importante ya no es el maestro
- El maestro debe crear un buen clima de aula y debe crear experiencias de aprendizaje
  •    Aprendizaje de palabras por constructivismo -> Smart board
  •    En la escuela se enseña por el método ecléptico ---> Suma de varias estrategias

-La Familia está en crisis -> En cambio y puede ser para bien o para mal
-Dos tipos extremos de familia:

Familia problemática --------------- Familia vital
-Autoestima baja
-Ridiculización ---------------> lo contrario
-Normas rígidas

-En la familia hay una dialéctica --- Individualización y socialización
Desde el punto de vista individual se adapta al mundo y la familia debe aprender que el mundo actúa sobre el niño

-La familia a perdido mucha fuerza. Están en muchos otros sitios. Por ejemplo, el papá ya no va a correr con su hijo, ahora lo apunta a atletismo

- La educación complementaria surge en los 60 en EEUU
-La familia educa a sus hijos por el ejemplo

- Familia del futuro -----> Apoyo emocional, desterrar el machismo y conocimiento digital ........

"Sólo dos legados duraderos podemos dejar a nuestros hijos: uno, raíces; otro, alas." - Carter

 

Jacob Sierra Díaz y UCLM

miércoles, 11 de marzo de 2015

Enigmáticamente (Publicidad)

Esta entrada es un poco especial, aquí no voy a hablar de Educación y Sociedad (es por ello que procuraré hacerla corta). Esta entrada tiene solo como objetivo anunciar mi nuevo blog dedicado a Enigmas y Desafíos Matemáticos, una forma muy original de ejercitar nuestra mente y pasar un rato divertido de la mano de las matemáticas y la lógica.

Este blog se llama Enigmáticamente y su dirección es: http://enigmaticamentejsd.blogspot.com.es/

Aquí va un ejemplo: Trata de unir con solo cuatro segmentos (línea recta), los puntos del siguiente dibujo sin levantar el lapicero del papel (o el dedo de la pantalla)


¡Es hora de Romperse la cabeza!

Jacob Sierra Díaz

EN EL DÍA DE HOY......... EN SOCIOLOGÍA..............

10/3/2015

La sociedad cambia -----> La educación cambia

Funciones principales de la educación ----------> Función económica (Empleo)
                                                                                           Función política (idea de nación)


¿Por qué es prestigiosa una universidad? Básicamente porque hay poca gente en ella y por lo tanto los que salen tienen trabajo. (Esto se debería desarrollar más y tener en cuenta por ejemplo las alma máter)

Existen distintas tipologías de derecho -------> Derecho ciudadano     Derecho humano

Un Estado es un conjunto  de instituciones políticas, es una formación histórica y una forma institucional. Antes de los Estados, teníamos los reinos. ¿Qué fue antes, la Nación o el Estado?

En la Revolución Francesa existen tres estados:
  • Nobleza: Leales a su dinastía (y no al Estado)
  • Clero: Iglesia leal a Dios (y no al Estado)
  • El tercer Estado
Estados con dos naciones: Bélgica
Estado plurinacional y Estado anterior a la Nación: Suiza

El Estado de Derecho anterior a la Ilustración. Existen leyes que están por encima de todo.

El Estado de Bienestar: Se universaliza tras la IIGM en Europa y USA (Estados Unidos). Los tres pilares básicos son:
  • Educación
  • Seguridad Social
  • Sanidad                                --------> Impuestos
Un Estado precisa ciudadanos "controlados" ------> Educación obligatoria

Los Derechos Humanos proceden de Genocidio Nazi.

Un político es igual a un ciudadano, en el sentido de que polis (Griego) y Civitas (Romano) significan las dos Ciudad.
  • ROMA: Ciudadano, persona protegida por las leyes de Roma, además no tiene por qué participar en las leyes
  • GRECIA: Ciudadano que participa en los órganos públicos


------------------------(Cambio de Tercio -música-)------------------------------------
 
Constitución ----> Leyes Orgánicas --> Leyes Ordinarias ------> Reales Decreto --> Decretos
  • Ley Orgánica: Regula artículos de la Constitución
  • Reales Decreto: Potestad del gobierno
  • Proyectos de ley: Propuesta por el Gobierno
 
Jacob Sierra Díaz y UCLM


jueves, 5 de marzo de 2015

ESQUEMA DEL TEMA 1 - CONTEXTO Y ESCUELA - (PEDAGOGÍA)


Uno de los pilares básicos en cualquier sociedad es la institución escolar.
  • Es en ella donde se da un proceso social básico que afecta al resto de las esferas
  • Es la que más influencia o incidencia tiene en la vida de las personas
    • Va de la cuna a la inserción laboral
    • Ahora más que nunca, estamos en una sociedad digital en la que se precisan trabajadores cualificados y competentes. Es por ello que a día de hoy hay una mayor incidencia de dicha institución escolar en la vida de las personas.
  • Es muy sensible a los cambios que puedan ocurrir en el resto de las esferas






1.- Escuela como institución escolar
En cualquier sociedad industrializada existen unas instituciones que procuran una relación y un ajuste entre los subsistemas funcionales de dicha sociedad.
  • Cualquier institución tiene unas funciones específicas (en el caso de la escuela sería la educación, en el caso de un hospital sería la sanidad...) y unas funciones más amplias que se superponen en la red o entramado social

La escuela como hemos visto tiene unas funciones, atiende a las necesidades de la sociedad. Podemos clasificar dichas funciones en:
  • Funciones manifiestas: Son las que tienen que ver con la sociabilidad, las funciones educativo-fomativas y las funciones académicas, propias de los maestros

  • Funciones latentes u ocultas: Son las que no interesan mostrar al público. Son funciones que están al servicio de un solo sector de la población y tienen un carácter histórico, político y cultural.

    • Estas funciones están íntimamente relacionadas con las instituciones sociales (familia, economía, iglesia)
    • La escuela se impregna de las creencias, ciencias, conocimientos de la sociedad -----> La escuela depende de la sociedad.
Dimensiones contradictorias entre reproducción y cambio: Es una característica inherente de cualquier institución social
Por un lado se deben mantener las funciones básicas ---> Por otro se debe fomentar la renovación y el cambio. Estas tensiones son necesarias para la permanencia histórica de dichas instituciones.

En el caso de la escuela, los contenidos formales y manifiestos (que emanan del currículo y que son las asignaturas formativas - Matemáticas, Ciencias Sociales...-) conviven en una relativa armonía con los principios ideológicos que condicionan la actividad escolar y que proceden del modelo de sociedad dominante.


Las reformas en materia educativa las propone un sector reducido de la sociedad, viendo las necesidades que puede y debe cubrir la institución escolar y por tanto siendo manifiestas.
Estas reformas tienen una incidencia más o menos directa en la estructura social:
































































domingo, 1 de marzo de 2015

ACTIVIDAD 1.3. (SOCIOLOGÍA)


1.- Explica de forma sencilla y clara los siguientes conceptos: Estado, Nación, Estado de Derecho y Estado de Bienestar.

Estado: Entidad política que preside los destinos colectivos de una sociedad y que ejerce por esta razón, el poder legal.

Estado de Bienestar: Sistema de organización social en que se procura compensar las deficiencias e injusticias de la economía de mercado con redistribuciones de renta y prestaciones sociales otorgadas a los menos favorecidos.

Estado de Derecho: Llamado también como Estado Social y Democrático de Derecho el caracterizado por una intervención de los poderes públicos en materias económicas y sociales y por la ampliación de derechos políticos individuales a esferas de ámbito colectivo y social; sanidad, educación….

Nación: Palabra que procede del latín que se puede traducir por nacimiento,  pueblo, especie o clase. Según el diccionario de la lengua; una nación es una organización política que rige un país, un territorio que ocupa dicho país y el conjunto de personas al que una cultura y un territorio comunes crean la conciencia de comunidad.


Tal y como acabamos de ver el concepto actual de nación tiene dos significados dependiendo desde donde lo estemos viendo:

 

 

Cabe destacar que en el lenguaje cotidiano utilizamos la palabra nación como sinónimo de país, territorio, pueblo y Estado
 
Bibliografía del ejercicio.

Pascual, E. (Cord.) (2007). El pequeño Larousse ilustrado. Barcelona: Larousse

WorldPress. (2015). Definición de nación. Recuperado el 1 de marzo de 2015 de http://definicion.de/nacion/

WorldPress. (2015). Definición de estado. Recuperado el 1 de marzo de 2015 de http://definicion.de/estado/


 

2.- Explica de forma sencilla y clara Derechos humanos: noción, origen y por qué se caracterizan.

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos están interrelacionados, son interdependientes e indivisibles.

El concepto “derechos humanos” se ha desarrollado junto con el surgimiento del moderno estado de derecho y su causa formal: la constitución.

Se han reconocido tres generaciones de derechos humanos.

  • La primera se refiere a la protección de los derechos individuales, imponiéndole al gobernante una obligación de no hacer, es decir, no interferir en la esfera privada del particular, excepto cuando la ley lo faculte para ello.
  • La segunda generación, surgida con la Constitución Francesa de 1848, implicando un papel activo del estado:
  • La tercer generación, que implica la cooperación entre estados, como la solidaridad internacional y el desarrollo, ésta surge tras los efectos de la Segunda Guerra Mundial.
     

No fue hasta 1948 cuando se hace la Declaración Universal de Derechos Humanos, esta establecerá unos principios básicos que a lo largo del tiempo se han ido desarrollando en tratados internacionales especializados que abordan cuestiones o grupos sociales específicos.

Los Derechos Humanos se caracterizan por: 

  • Son universales, es decir, todos los seres humanos son sujetos de estos Derechos, sin excepciones, incluso si algunos Estados no los reconocen o en algunas ocasiones no se respeten.
     
  • Son exigibles: es decir, no son simples enunciaciones morales, sino normas jurídicas que cada Estado debe observar. Por ello, ante la violación de cualquiera de estos Derechos corresponde su exigibilidad.
     
     
Bibliografía del ejercicio.

Amnistía Internacional. (2008). Pasaporte de los derechos humanos. Madrid

Defensor del pueblo. (2015). Características de los derechos humanos. Recuperado el 1 de marzo de 2015 de
http://enclase.defensordelpueblo.es/ddhh/caracteristica.html

ACNUDH. (2015). ¿Qué son los derechos humanos?. Recuperado el 1 de marzo de 2015 de http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx

Ortiz, R.G. Análisis del concepto de derechos humanos. Revista amicus curiae, 6, 1-5.

 

3.- Explica de forma sencilla y clara el concepto de Ciudadanía y modelos de ciudadanía. 

La ciudadanía son el conjunto de derechos y deberes por los cuales el ciudadano, es decir, el individuo está sujeto en su relación con la sociedad en que vive. El término ciudadanía procede del latín “civitas” que significa ciudad. Por lo tanto la ciudadanía es la condición que se otorga al ciudadano de ser miembro de una comunidad. Está en relación con el término derecho, puesto que la ciudadanía implica derechos y deberes que deben ser cumplidos por el ciudadano, sabiendo que aquellos serán responsables por la vivencia del individuo en la sociedad.

 




Bibliografía del ejercicio.

Horrach-Miralles, J. M. (2009). Sobre el concepto de ciudadanñia: historia y modelos. Revista de filosofía Factotum, 6, 1-22. Recuperado de http://datateca.unad.edu.co/contenidos/401103/Glosario/Factotum_6_1_JA_Horrach.pdf
 
 
 
JACOB SIERRA DÍAZ Y UCLM